miércoles, 1 de junio de 2011

Libertad de Conciencia y Religión



 Por: Eduardo Catalán



Pese a las controversias que surgen en torno a la idea de un Ser Supremo; de un Creador del Universo; de una Doctrina Verdadera, etc. Las Libertades de Conciencia y de Culto son Derechos contemplados en el Art. 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; en concordancia con el Pacto de Derechos Civiles y Políticos Artículos 18 y 27; y con el Art. 12 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Estos Derechos están estrechamente vinculados con el de la Libre Expresión, en cuanto se refieren a que nadie será molestado por sus opiniones; otorgando la Libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras: “... Ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección...”. Sin embargo, por esta misma circunstancia, ambos Derechos están sujetos – sin que esto signifique la restricción de la libre Expresión-, a ciertas regulaciones referidas al Respeto de la Persona Humana y a la Reputación de los demás. Así como también a la protección de la Seguridad Nacional, el orden Público, la Salud o la Moral Públicas.

Debido a la naturaleza misma de este Derecho – ya que su contenido está formulado en el plano de las Ideas y de las creencias- debiera comprobarse su validez aplicando el enunciado en forma inversamente proporcional. Es decir que, al mismo tiempo, se conceda también el Derecho a no creer, ni tener un culto en especial. No obstante, cuando estas Libertades y Derechos son sometidos al raciocinio popular, es imposible que estas consideraciones no atraviesen por el filtro de las barreras psicológicas; ideológicas; económicas, culturales y de clase. Entonces, es cuando su aplicación se torna conflictiva y - en ciertos casos – resulta en los conocidos enfrentamientos en donde se ve comprometida hasta la Vida Humana. Lo mismo puede comprobarse con las reacciones referidas a los Derechos relacionados con las libertades Políticas.

Llegado a este punto, nos custionamos sobre aquellos postulados religiosos que representan una amenaza para quienes comparten o no estos credos. Ya sea por sus métodos represivos, de coerción, de expansionismo y de aplicación en la realidad. ¿Bajo qué fundamento podemos empezar a valorar estos planteamientos religiosos sin desestimar los Derechos que amparan su existencia?

La Psicología Social, el Psicoanálisis y la Psicocrítica nos permiten conocer el comportamiento de los grupos para medir el carácter social y acercarnos al entendimiento de ciertas ideologías y religiones, creadas por el raciocinio Humano. De esta manera, de acuerdo a la experiencia, es posible determinar cuáles planteamientos religiosos y qué ideologías políticas debemos abrazar en función de la continuidad y preservación de la Raza Humana.

En este sentido la Historia es elocuente y nos muestra qué valores deberíamos conjugar cuando se adoptan o se elaboran ideologías políticas o postulados religiosos, sin que ello signifique repetir esquemas nefastos. Aquí, específicamente, estamos refiriéndonos a los planteamientos religiosos o políticos de corte Autoritario.

¿Qué se entiende, por carácter autoritario? El carácter Autoritario, dentro de sus muchas manifestaciones, se identifica por la condición de sometimiento hacia una autoridad como visión exclusiva de existencia. Corresponden al carácter autoritario, tanto el que se constituye en autoridad, como el que se somete a ella. Convirtiéndose en una relación simbiótica sado-masoquista. En un romance dominante, dominado. Para reforzar esta situación - conveniente para los regímenes impositivos y para planteamientos dogmáticos - se han elaborado religiones e ideologías y toda una suerte de mecánicas que justifican y perpetúan la explotación del hombre por el hombre por la intimidación y la violencia.

Siendo que es imposible desarraigar las ideas político- religiosas, nos queda tolerar su existencia en la medida que estos planteamientos representan manifestaciones de grupos sociales cuyos derechos deben ser respetados. Sin embargo, cabe resaltar una importante salvedad. Y es que - si debemos identificarnos con algún planteamiento dogmático en especial o manifestar nuestra simpatía por algún sistema político en particular - esta elección debiera siempre de estar determinada por las posturas de corte Humanista y rechazar cualquiera otra, así venga “por un mandato divino”.

El sentimiento que nos impulsa a pertenecer a grupos ideológicos o religiosos es el mismo. Se trata de la sublimación de alguna idea en especial, por la cual nos convencemos, nos definimos y nos proyectamos como parte del universo dentro de un concepto que merece nuestra aceptación y que, sobre todo, define nuestra existencia. Lo que establece que siempre habrá en qué creer y a quién seguir. Las corrientes del pensamiento son cíclicas, lo mismo que su validez y aplicación en la realidad. Sin embargo, algunas no debieran volver a repetirse, como todas las vinculadas con manifestaciones autoritarias.

Si hemos de abrazar alguna creencia o ideología debemos ser cuidadosos para descartar los planteamientos autoritarios y adoptar más bien, los que tengan como respuesta la Vida, la fraternidad, la solidaridad, la tolerancia, el respeto, la empatía ; y no la muerte, la violencia, el abuso, la intimidación, la jerarquía, el exclusivismo, la investidura intelectual, etc. Hay que sospechar de toda buena intención que venga acompañada de la imposición; de la mano dura, de la disciplina rígida, de la línea de mando; aunque parezca provenir del mismo cielo. Porque es un supuesto Verdadero que Dios respeta nuestro Libre Albedrío. Y es así, cómo uno elige todo. Lo contrario, sería una imposición y estaríamos cayendo – nuevamente - en una situación autoritaria.




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